Adaptación a la LOPD

Adaptación a la LOPD

Nuestro Servicio de Adaptación para autónomos y pymes a la LOPD le permitirá adaptar su empresa o actividad a la Ley Orgánica de Protección de Datos de una forma sencilla, ágil y muy económica.

La Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar».

LOPD Y LSSI:

Para cumplir con la LOPD, cada empresa y cada profesional autónomo han de tomar una serie de medidas técnicas y organizativas según la normativa vigente.
La LOPD y el RD 1720/2007 clasifican los datos de carácter personal en función de su sensibilidad, estableciendo tres niveles de seguridad, BASICO, MEDIO Y ALTO, obligando a aplicar unas medidas de seguridad para su tratamiento y protección.
Las infracciones de las disposiciones de la LOPD 15/1999 por parte de las entidades y profesionales, originan sanciones por cuantías que oscilan entre los 600 € y 600.000 €.

Altamiraweb ha llegado a un acuerdo con una consultora especialista en el cumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales (LOPD) y la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico (LSSI CE) para así ofrecer este servicio especializado a todos los clientes que no dispongan aún de estos requisitos.
Es una obligación legal que toda persona física o jurídica que intervenga en cualquier fase del tratamiento de datos personales debe cumplir con el fin de garantizar la seguridad de los datos, y evitar la apertura de inspecciones por parte de la AEPD, y, en su caso, de los correspondientes procedimientos sancionadores. La LOPD establece una serie de exigencias que han de cumplir las empresas y los autónomos para proteger los derechos del consumidor a su intimidad.

Motivos para adaptarse a la LOPD

Existen firmes razones por las que resulta inevitable que las empresas se adapten de manera inmediata a la LOPD. Entre los principales argumentos pueden destacarse los siguientes:


Obligatoriedad

Todas las empresas que realicen tratamiento de datos personales deben cumplir con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, del 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Evitar sanciones por incumplimiento:

El incumplimiento de la Ley de Protección de Datos (LOPD) conlleva sanciones que, en función a la gravedad de la infracción, pueden oscilar entre los 600 € y los 600.000 € de multa.

Mejorar la imagen de marca de la empresa:

La adaptación y cumplimiento de la LOPD aporta a las empresas una imagen de profesionalidad y rigurosidad que es gratamente valorada y percibida tanto por sus clientes como por sus proveedores, ya que les transmite seriedad y confianza.

Incrementar la seguridad de los sistemas de trabajo:

Mediante las auditorías, que se realizan periódicamente, la empresa puede conocer el grado de seguridad y eficiencia que poseen sus sistemas, así como todas aquellas posibles incidencias que pueden producir la perdida y/o vulneración de datos.

Infracciones y sanciones

La cuantía de las sanciones impuestas por la Agencia Española de Protección de Datos varía en función a la naturaleza de los derechos personales afectados, así como de la cantidad de información tratada, los beneficios obtenidos por dicho trato o el perjuicio ocasionado. Existen tres tipos de infracciones:

Infracciones leves: Sanciones entre 900 € y 40.000 €.

Se consideran objeto de sanciones leves, entre otros, la no solicitud de inscripción de ficheros de datos en la Agencia Española de Protección de Datos, la recopilación de datos sin conformidad de los afectados o la no atención a las solicitudes de rectificación o cancelación.

Infracciones graves: Sanciones entre 40.001 € y 300.000 €.

Por infracción grave se entiende, entre otros supuestos, el uso de los datos tratados con una finalidad distinta a la original, no permitir el acceso a los ficheros a los afectados, mantener datos inexactos, no seguir las pautas y requerimientos establecidos en la LOPD, mantener el tratamiento de datos sin las condiciones de seguridad exigida según la legislación vigente.

Infracciones muy graves: Sanciones entre 300.001 € y 600.000 €.

Como infracciones muy graves, a modo de ejemplo, se puede señalar la creación de ficheros que revelen datos especialmente protegidos, o la recogida fraudulenta de los mismos, la recogida sin la autorización del afectado, la obstaculización de los procesos de acceso a datos por parte de los interesados o la no atención de los requerimientos de la AEPD de manera sistemática.